Hola compañeros:
Vamos a ver, por partes.
La ganancia por la venta de BTC pasada a FIAT (euros) se considera actualmente ganancia patrimonial. A día de hoy en ESPAÑA (Ojo, hablo todo el rato de España) sería la siguiente:
21% hasta 6.000 euros
25% desde 6.000 a 24.000 euros
27% a partir de 24.000 euros
La cantidad sobre la que tributarias sería la obtenida por la venta de dichos BTC menos la inversión inicial. EN EL EJEMPLO QUE PREGUNTAS SERIA EL 27%.
Por otro lado, la obligación de guardar documentación referente a tus declaraciones con Hacienda, IRPF, declaración de IVA si eres autónomo, facturas pagadas en tu ámbito laboral, recibos de seguros o préstamos... solo hay que guardarlos durante 4 años. Si en 4 años Hacienda no te ha investigado, ya no pordrá hacerlo. Eso lo pone en algún lugar de la Ley sobre el IRPF (35/2006) OJO 4 años despues de presentada la declaración de IRPF, es decir que en la práctica son 5 años naturales.
Mi consejo, vende la mitad de los BTC, paga ese 27% y quédate a vivir en España que es donde mejor se vive. El BTC va a seguir subiendo así que seguirás teniendo una buena inversión. Y otra opción, es sacarte la tarjeta de XAPO que se puede utilizar en todos los sitios que aceptan Master Card.
Si teneis alguna duda más concreta, soy abogado y estoy investigando constantemente este mundillo, así que me servirá para estudiar casos que no se me hayan ocurrido a mi.