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Re: Mi primera facturación sin IVA y en Bitcoins
by
Aymaro
on 15/05/2017, 01:02:04 UTC
Aquí hay dos operaciones consecutivas y diferenciadas:

1.-Para pagar la casa está vendiendo un activo por el cual obtiene una rentabilidad o ganancia de  10.000 - 1.000 = 9.000 .Por esta ganancia tributará lo que le corresponda en el IRPF

2.- Una compra de una casa, que no tiene nada que ver con lo primero y por la que tendrá que pagar su IVA o ITP según el caso, etc. Recordar que las ganancias patrimoniales exentas son las que proceden de ventas de vivienda habitual y se destinan en adquisición de otra vivienda habitual, Y NO OTRAS

Saludos


Tengo una pregunta relacionado al tema.
Si en un futuro "un amigo" quiere comprar una casa por bitcoins y usa algun servicio de pago como bitpay que es lo que tendría que declarar a Hacienda y cuales son los impuestos que se le cobrarían?
Tengo entendido que por las ganancias patrimoniales se cobra una vez que se ha vendido la inversión. Es decir si ese "amigo" compra sus btcs a 1000€ y compra su casa a 10000€/btc pordía tener que pagar los más de 20% sobre las ganancias? O se podría considerar como dinero reinvertido y quedar extento de impestos?
Es que estoy leyendo pero lo veo todo muy borroso.
Y cual sería el caso cuando mi amigo compra un coche o cualquier otra cosa de valor que haga falta declarar?