Hola Borja,
Puedo estar interesado en el tema de la minería.
Dos cosas:
Tema electricidad. Tengo acceso a un possible "socio" produce energía eléctrica, con lo cual con el espacio que tiene en el mismo salto de agua (autoconsumo), el coste de la energía sería próximo a cero.
Tema coste fiscal. Como tributa la obtención de dicho "premio" de obtención de criptodivisa? Aunque he visto algunos comentarios de que no lleva IVA, supongo que si deberà tener IRPF (persona física) o Impuesto de Sociedades (persona jurídica) Aún y así, no se como se debe proceder ya que, el ingreso a quién se factura? Entiendo que dinero recibido debe ser por un concepto o servicio y debe llevar factura?
Complejo...
Espero tus noticias...
Saludos,
Josep