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Board Mercado y Economía
Re: Duda a la hora declarar
by
Liberto
on 01/10/2013, 16:54:41 UTC
Estimado, te copio y pego un dato del que comenté hace un tiempo:

http://elblogdeltoguero.blogspot.com/2013/05/bitcoins-y-fiscalidad-espanola-guia.html

La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones que se establezcan.

Si bien, hay una serie de excepciones. No tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes solo de las siguientes fuentes:

[...]

-Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el tope conjunto de 1.600 euros al año.

Lo que nos viene a decir la Ley en este caso es que, estemos dados de alta o no como empresarios o trabajadores, los beneficios que obtengamos de la compraventa de Bitcoins superiores a los 1600 euros al año, debemos declararlos.


Un saludo