Si vendes bitcoins en España, deberías cobrar con IVA ¿no?
De acuerdo con la RV 2228-13 de la Delegación de Hacienda de Baleares, el cual sienta una especie de jurisprudencia para el resto de las delegaciones, los bitcoins están exentos del IVA.
La RV 2228-13 dice que no tienes que pagar IVA si pagas algo con bitcoin, porque bitcoin no es una moneda, y por lo tanto es un trueque y no una compra. Considerando bitcoin como un software o algo así.
Pero quien venda bitcoins por euros en España, tendrá que aplicar el IVA correspondiente, pues en este caso los euros si son una moneda, y si se trata de una compra.
Lo que pasa es que en el mundo bitcoin solo se ha comentado la "parte buena" de la noticia.