Liberto, otra alternativa interesante es la opción que he escogido para mi proyecto empresarial. Establecer la empresa como 100% bitcoins, la empresa da un servicio a sus clientes y "cobra" sus servicios en bitcoins, posteriormente paga a sus proveedores y empleados en bitcoins, y los beneficios se entregan también en bitcoins. De esta forma jamás la empresa generará ni un sólo euro o dolar.
En tema contable, la empresa mantiene una contabilidad convencional donde el campo del impuesto de valor añadido siempre será 0. al no generar beneficios anuales en monedas (euro, dolar, etc) la empresa no paga impuestos de sociedades dado que los beneficios, para Hacienda, siempre serán 0 euros, aunque en realidad si tenga beneficios pero en un bien no reconocido como moneda.
En este embrollo, serían las casas de compraventa (exchange) las que deben establecer una contabilidad revisable por Hacienda, pero claro, eso es porque Hacienda no contempla (aun) las empresas 100% bitcoin. En el momento que las contemple pues tendremos que hacer galarde de la contabilidad revisable.
Supongo que a tus empleados no les vas a pagar según convenio, pq las tarifas de los exchanges se las tendrás que abonar para que puedan pagar la hipoteca que tienen firmada en euros.
También va a ser interesante la cara que va a poner tu asesor fiscal cuando le digas que le pagas en btc. De Iberdrola ni hablamos....
Pero lo mejor, lo mejor de todo va a ser cuando termine el trimestre y le digas a hacienda que le vas a pagar los impuestos en btc...
Si crees que hacienda te va a permitir realizar una actividad empresarial sin pagar impuestos.... siento informarte que aunque seas el amo del btc... de empresa no tienes ni idea
Y ojo que no te lo digo con animo de ofender, al contrario, te lo digo para que te informes con varios asesores fiscales, que luego el susto será grande
Precisamente he consultado con varios asesores y con los de la CEOE y todos dicen lo mismo, compañero. Primero, si tienes gastos mensuales, y cambias una asignación mensual de btc a euros que cubran los gastos propios del local, al no disponer de beneficios no pagas impuestos. Segundo, no estará en españa sino en londres, donde si no tengo más de 85.000 euros de beneficios anuales no pago impuestos y no estoy obligado a ser autonomo siendo el CEO de la empresa. Tercero, la contratación de los empleados es en bitcoins y ellos tienen que ser autónomos. Cuarto, relacionado con el segundo, estamos en España pero también en la UE, así que puedes montar la empresa donde quieras y facturar en cualquier parte de la UE.
Nota: no es necesario centrarse solo en españa, y es lógico que desconozcas todo esto si no te has puesto a crearlo, pero yo estoy con ello y esta opción es perfectamente legal, y como la empresa factura en btc, jamás tendrá beneficios en euros, por tanto no pagará impuestos.