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Re: CRIPTO LEGAL ESPAÑA
by
DdmrDdmr
on 10/07/2019, 10:24:58 UTC
⭐ Merited by paxmao (2)
<…>
En términos generales, hay cierta confusión acerca de la declaración correcta ante hacienda de los criptoactivos, según su procedencia y estado (cripto/traspasado a fiat). Sin entrar en casos concretos, ni (todavía) del periodo en el cual se devengaron las inversiones, hay distintas maneras por las cuales uno puede haber obtenido criptomonedas. En su expresión más simple, los orígenes podrían ser:

a)   Minería de BTC u otra moneda.
b)   Compra en Exchange (o similar) sin venta -> HODL.
c)   Compra en Exchange con venta inicial (ej/ BTC -> ETH).
d)   Participación en ICO (ETH -> Token x).
e)   Airdrops/giveaways (recepción del token x).
f)   Campañas de firmas del foro (posts a cambio de tokens o BTC).
g)   Trading entre criptos.

Podemos haber:
1)   Hecho HODL del criptoactivo obtenido.
2)   Convertirlo a otro criptoactivo total/parcial.
3)   Vender por FIAT.
4)   Comprado bienes.

Luego los escenarios potencialmente combinables entre sí (ej/minas, vendes parte por FIAT y parte HODL, etc.).
Potencialmente hay muchas casuísticas, pero quizás el punto de partida que sería de interés general sería, por cada posible origen, determinar el proceder declarativo y documental preciso, contemplando a su vez si se ha hecho venta a FIAT, HODL, o trading entre criptodivisas.

Más que en Telegram, nuestro foro local creo que se beneficiaría de este tipo de información basada en casos de uso a partir de lo citado anteriormente. Si tenéis tiempo, da para un buen hilo