Buenonsi añadiendo el recargo de mas en el supuesto caso de sancion seria solo la mitad del dinero de la venta a euros no?
Es que si es sancion de 150%... entiendo que seria lo que he cobrado en euros + la mitad de dicha cabtidad. Por ejemplo si vendo y declaro 10.000€ la sancion pagaria 15.000€. O pagaria en total 5k quedandome de ganancias otros 5k? Esto seria una sancion escrita o me lo cobrarian automaticamente en la renta?
Veo muchas lagunas en la ley actual que entiendo que no esta específicamente redactada para criptomonedas pero si todos los que hacen hodl de años atras tendran el mismo problema. Yo por ejemplo los compre en un cajero y el resguardo que creo que me dio no lo tengo.
En mi caso igual que el de.muchos entiendo que hagan pagar mas por no poder demostrar el monto inicial pero de ahí a sanciones.... no es mi culpa que no estubiera regulado el btc y que haya subido tanto.
Imagina alguien que ahora tenga 2 millones en btc... ese se puede arruinar no?