Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.
En el punto 4, corrígeme si me equivoco, pero lo de pagar entre el 21% al 27% sería solo para ganancias generadas en un periodo superior a un año.
Según los cambios introducidos en el IRPF 2013, si las ganancias se generan en un periodo inferior a un año, que es el caso, tributan al tipo marginal, que puede ir desde un 24,75%, hasta un 52% (o 56% en algunas autonomías).
Correcto! Si lo pones en el apartado del 21% al 27% y hacienda se da cuenta o te pide explciaciones pues te cae el una multilla del valor que te falta más el 5% 10% o 20%+Intereses legales....
No te va de ese 10% y evitarte marrones en un futuro.