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Board Mercado y Economía
Re: Campañas de firmas y impuestos... alguien ha vendido cantidades importantes?
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DdmrDdmr
on 05/11/2023, 10:20:40 UTC
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En lo relativo a agobados/asesores expertos en la material, es algo que tampoco hemos visto por aquí en demasía. En su momento me transmitieron buenas sensaciones esta consultoría legal en criptomonedas, sin que tenga más conocimiento de lo que pusiese haber visto o leído en sus canales:
https://www.youtube.com/c/LorenteyLorenteZaragoza/videos
Son de Zaragoza, pero sí que dan la sensación de dominar el tema cripto, y su relación con las declaraciones de Hacienda.

El problema, como indicas, se agudiza al no saber qué te encontrarás al otro lado de la mesa del fisco, y para eso uno quisiera contar con algún asesor experto en casos de todo tipo y monta con el ámbito cripto, que ya se hayan enfrentado a casos de dicha índole.

Por comentar Bitbase son tiendas y tienen cajeros de dos tipos: asistidos por personal, donde son sólo de compra y precisan DNI (en tienda creo que puedes hacer venta, pero con DNI), y desasistidos donde, salvo que hayan cambiado algo recientemente, precisan un teléfono para que recibas el SMS de verificación a teclear sobre la terminal.

En lo relativo a tributar la venta o permuta a coste cero, esto sería correcto en lo relativo a la venta. El "único problema", y una vez superado el mantra mal informado que se repetía por todas partes, es que no es cierto que "sólo pagas impuestos al vender". Esto no es cierto. Pagas al vender, al permutar, y al "obtener" (y puede que patrimonio para los más extremos).

Por "obtener" me refiero a que si te vienen los fondos de una campaña, sin que yo esté al 100% seguro, estos son equiparables a una suerte de "ingresos del trabajo", y por ende, deberían declararse en la renta del año recibido a valor de lo recibido en el momento de la TX de entrada. Es decir, si recibes 50€ por semana en BTC, deberías declarar un ingreso de 5.200€ más en la vertiente de ingresos del trabajo (o algo afín), grabándose en el tramo correspondiente del trabajo (19%..47%), posiblemente incrementando la base del trabajo habitual. Esto es más o menos la composición de idea que me hago tras lecturas al respecto, y es el punto que le faltará a la mayoría de las personas (en gran parte por el dichoso mantra antes citado). Luego está lo del origen, que es un problema o no según se tercie, a pesar de ser un origen lícito. Escribiendo esto se me viene a la mente todos los médicos, profesionales y chapuzas que no declaran muchísimos de sus servicios a diario por doquier. Es otro cantar, pero bueno…

En cuanto a lo de generar movimientos nuevamente, diría que sí, que efectivamente reactivas obligaciones, en tanto en cuanto a que las ventas deberían declararse, aunque la "obtención" fuese de tiempo atrás y esté prescrita. Como digo hay imposición en sendos momentos: "obtención" y venta/permuta.