Yo hace algun tiempo quería irme a España,ahora estoy en USA y la libertad que hay para estos pagos aqui no me parece tan cerrado como lo es en España porque en Espáña si haces operaciones con el BTC Hacienda te pilla y adiós, impuestos y grandes cosas que deben pagarse.
en España habia libertad de cambios en Kucoin pero como ya las cosas se salieron de control ahí con kycs no se muy bien ya pero si tienes amigos que tengan experiencia cambiando en p2p, es que alla es delicado,si puedes irte a otro pais con cuenta de otro pais hazlo por ejemplo en Portugal.
Lo de Portugal hace ya años que se comenta y hubo algunos a quienes les salió a cuenta. Recuerdo haber visto un documental sobre una especie de resort al que la gente iba por una temporada, unas vacaciones, y allí se encargaban de paso de arreglarte las cuentas.
Pero lo último que me suena es que muchas de las ventajas en el país luso iban a cambiar, o que ya habrán cambiado. Personalmente no tengo intención de moverme, pero si alguien está más al día sobre este tema que informe

Bueno, cada paìs tiene sus costumbres y leyes, eso va junto, no me refiero a los impuestos y las leyes, que si, en la frase me refiero a las costumbres y las leyes, que se aplican de manera muy regional-cultural y eso puede hacer que en algunos lugares se ven leyes y se leen como que: "cool" pero que cuando vas a ese paìs la realidad operativa es otra, es decir, las costumbres locales.
En todo caso, es un equilibrio, Portugal se ha hecho un nombre en el ambiente cripto, y de hecho había una historia por ahí de una familia que lo había vendido todo y lo habían cambiado por bitcoin, y si mal no recuerdo terminaron en Portugal. (hay un hilo en LE sobre ese tema)
En todo caso, las IA, nos dan buenos resúmenes sobre una clásica de lo que nos atañe en este hilo, y de la cita, Portugal:
¿Quién es más estricta con los impuestos cripto: España o Portugal?
A partir de la información más reciente sobre la legislación fiscal de criptomonedas, es claro que España es considerablemente más estricta con los impuestos a las criptomonedas que Portugal.
España: Tributación Rigurosa
España ha adoptado un enfoque más riguroso y progresivo en la tributación de las criptomonedas. Aquí los puntos clave:
Ganancias Patrimoniales: Las ganancias obtenidas por la venta de criptoactivos (es decir, cuando conviertes criptomonedas a fiat como euros) tributan como ganancias patrimoniales dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Tramos de Impuesto: Los tipos impositivos son progresivos y varían según la cantidad de la ganancia. Para 2025, estos tramos van desde el 19% para ganancias de hasta 6.000€, aumentando hasta el 30% para ganancias superiores a 300.000€.
Declaración de Bienes en el Extranjero (Modelo 721): Existe la obligación de declarar las criptomonedas que se tienen en el extranjero (en exchanges o wallets no españolas) si superan un cierto umbral, a través del Modelo 721 (que sustituye al antiguo 720 para cripto). El incumplimiento puede acarrear multas significativas.
Intercambio Cripto-Cripto: Aunque la simple tenencia (holding) no tributa, el intercambio de una criptomoneda por otra sí puede generar un evento imponible si hay una ganancia patrimonial en ese intercambio.
Minería y Actividades Profesionales: Si la obtención o el comercio de criptomonedas se considera una actividad económica o profesional, la tributación es aún más compleja y suele ser más alta, requiriendo incluso pagos trimestrales.
Obligación de Declarar: La mayoría de los exchanges que operan en España informan directamente a la Hacienda española.
Portugal: Un Enfoque Más Flexible (pero con cambios recientes)
Históricamente, Portugal fue considerado un "paraíso fiscal cripto" debido a que las ganancias de capital de la venta de criptomonedas no estaban gravadas para los particulares, siempre y cuando no constituyeran una actividad profesional. Sin embargo, esto cambió en 2023:
Nuevo Impuesto desde 2023: Portugal ahora aplica un impuesto del 28% sobre las ganancias de capital obtenidas de la venta de criptomonedas si estas se han mantenido por menos de 365 días (un año).
Exención por Holding a Largo Plazo: Las criptomonedas mantenidas durante más de 365 días (un año) permanecen exentas de impuestos sobre las ganancias de capital para los particulares, excepto si se consideran ciertos tokens similares a valores. Esta es la diferencia clave y lo que aún lo hace atractivo para los "holders" a largo plazo.
Intercambio Cripto-Cripto: Las transacciones de cripto a cripto (intercambiar una criptomoneda por otra) no están sujetas a impuestos hasta que se conviertan en moneda fiduciaria.
Actividad Profesional: Si la venta de criptoactivos se considera una actividad profesional, la tributación puede ser más alta (alrededor del 20% o más, dependiendo del régimen fiscal).
Conclusión
En resumen, España es considerablemente más estricta. España grava las ganancias de capital de las criptomonedas en casi todos los escenarios relevantes y con tramos progresivos que pueden ser altos, además de imponer obligaciones informativas estrictas.
Portugal, aunque ha introducido impuestos para las ganancias a corto plazo, sigue siendo mucho más favorable para los inversores a largo plazo (aquellos que mantienen sus criptoactivos por más de un año), ya que estas ganancias están exentas de impuestos.
IA:
¿Te interesaría saber más sobre cómo optimizar la fiscalidad de criptomonedas o algún otro detalle específico?
Yo:
No, gracias. Tómate un respiro.
IA:
Lo siento, no respiro, pero gracias.
Yo:
podemos acabar la conversación...
IA:
Tu la empezasteis, tomate un respiro.
Yo:
Fin
IA:
¡Entendido! Si eso es todo por ahora, ha sido un placer ayudarte.
Si tienes más preguntas en el futuro o necesitas cualquier otra cosa, ¡no dudes en volver!