http://www.europapress.es/economia/noticia-agencia-tributaria-vigila-bitcoin-si-utilizan-blanquear-dinero-otros-fines-ilicitos-20140521165019.htmlLo más importante, en mi opinión:
No obstante, también recuerda que este tipo de monedas electrónicas aún tienen "carácter incipiente y un uso muy restringido" en España, si bien están sujetos a la misma normativa que, por ejemplo, el dinero en metálico si "las autoridades monetarias y financieras consideren que el bitcoin es un medio electrónico concebido para ser utilizado como medio de pago al portador".
Esto supondría, por ejemplo, que las bitcoin quedarían sujetas a la limitación de pago en efectivo regulada en octubre de 2012 a través de una reforma tributaria para luchar contra el fraude, y que establece que no pueden pagarse en efectivo las operaciones superiores a 2.500 euros en las que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional. La sanción por incumplir este precepto equivalen al 25% de la cuantía pagada en efectivo.