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Re: Mi primera facturación sin IVA y en Bitcoins
by
Porfirii
on 27/04/2017, 15:23:59 UTC
Una nota respecto al IVA, para evitar malentendidos (yo también soy abogado, pero asesor fiscal, especialista en tributos): Como regla general, el hecho imponible del IVA y por lo que se devenga el impuesto y aparece la obligación de repercutirlo, es la prestación de un servicio o la entrega de un bien.


Aymaro, ¿quieres decir que en tu opinión el hecho de que la factura haya sido en Bitcoins no deja de ser una mera curiosidad, un elemento meramente accidental, dentro de las clásicas "facturas sin IVA"?

Hay una frase ingeniosa que dice que los hackers y los juristas se dedican a lo mismo: buscar agujeros en el código; pero este agujero no sé si no estará un poco cogido con pinzas. Otra cosa es el espíritu innovador, que aplaudo, pero no así el hecho de que el acto pueda considerarse evasivo y no meramente elusivo.