De primeras, a nosotros los "real bitcoiners" (y con esto me refiero a los que no usamos un exchange a modo de wallet) estamos exentos de todo, ya que en ningun momento se hace referencia a la auto-custodia de los activos digitales. Ademas, en caso de hacer la gambada de usar un servicio custodial a modo de wallet

, entiendo que el limite por encima del cual hay que declarar es 50.000€. Dato extra, toca declarar en los primeros 3 meses del año o si no a preparar vaselina en cantidades no jocosas.
Sí, parece que van a regular, pero dejar en el limbo a los que tienen bitcoin en billeteras personales.
A ver como afecta en el futuro su tenencia y como habrá que declarar su venta cuando se produzca.